La realidad de los jueces sustitutos: disponibles los 365 días, pero sin cobrar por ello

La reforma de la ley de Poder Judicial que prepara el Gobierno ha puesto el foco en la situación que vive desde hace décadas un colectivo poco visibilizado, el de cerca de mil jueces y juezas sustitutos y otros 300 fiscales, disponibles los 365 días al año, pero sin cotizar y cobrando solo cuando ejercen, y a los que la Comisión Europea ha obligado a regularizar.

En su anteproyecto de ley, el Ministerio de Justicia, consciente de esta advertencia de Europa, propone un procedimiento extraordinario de regularización de jueces sustitutos, magistrados suplentes y fiscales sustitutos a través de un cuarto turno.

Pero el problema que denuncian desde las asociaciones que representan al colectivo es que este proceso no está dirigido exclusivamente a ellos, sino también a otros profesionales jurídicos.

Nombrados por el CGPJ

Por ello, la presidenta de la Asociación Plataforma Judicatura Interina (APJI), Inmaculada Domínguez, ha explicado cómo se accede a juez sustituto. Se trata de un concurso público organizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al que puede concurrir cualquier persona que tenga el título de licenciado en Derecho. Se valoran méritos como el haber ejercido anteriormente como abogado, ser profesor de Universidad, el expediente académico, el título de doctor, las publicaciones, los libros, artículos, conferencias, etcétera.

Los Tribunales Superiores de Justicia seleccionan a los candidatos con más méritos y realizan una entrevista. "Comprueban que los méritos que aportamos se corresponden con la realidad" y una vez hecha esa entrevista, el Tribunal Superior de Justicia de cada comunidad elabora una propuesta de candidatos al CGPJ, que es el que elige al más idóneo para el ejercicio de la función jurisdiccional.

Una vez nombrados, los jueces y juezas sustitutos pasan a disposición del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma y están a su disposición 365 días al año, las 24 horas. "Yo por ejemplo, si no estoy trabajando, puede ser un domingo a las 9.00 horas de la mañana que me llamen y me digan: vete corriendo a Villarreal, que la juez de Violencia contra la Mujer está enferma. Y tengo que salir corriendo esté donde esté, porque en el caso de que no vayamos, nos penalizan".

En estas últimas Navidades no ha podido hacer planes con su familia, al igual que ocurre en verano o en Semana Santa, "porque es que igual de repente me llaman". Sin embargo, durante ese tiempo en el que están a disposición del Tribunal Superior de Justicia, pero no están trabajando, los jueces sustitutos no tienen ni paro, ni perciben por esa disponibilidad ningún tipo de retribución, ni se les da de alta en la Seguridad Social y mucho menos se cotiza por ellos.

"Personas que igual tenemos 15 años de nombramiento, en realidad de trabajo efectivo igual tenemos 10", porque el resto del tiempo no han cotizado, algo que va a repercutir en su jubilación. "No nos vamos a poder jubilar nunca", denuncia Domínguez, que añade que el 80% del colectivo son mujeres, con lo que se produce, además, una discriminación por razón de género.

La UE urge a España a resolver el problema

Ante este escenario, la Unión Europea ya ha dicho que esto no puede continuar así y ha instado a España a proceder a una estabilización. El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, reconoció que España había recibido dos cartas de la Comisión Europea, una en julio y otra en octubre, en las que, en un procedimiento de infracción, pide regularizar esa "temporalidad excesiva" en la carrera judicial y fiscal, que afecta en la actualidad a 913 jueces sustitutos y a 298 fiscales.

Algo que ya contempla la ley de eficiencia de la Justicia, aprobada el pasado mes de diciembre, que da un plazo de tres meses al Gobierno para aprobar este anteproyecto.

Denuncian que no es una estabilización

Sin embargo, Domínguez denuncia que el Ministerio de Justicia, "con nocturnidad y alevosía" ha aprobado el anteproyecto sin comunicárselo a las asociaciones. "Lo que plantea (el anteproyecto) no es que los jueces sustitutos entremos por la puerta de atrás, como están diciendo las asociaciones profesionales. Lo que está planteando es que cualquier persona que sea un operador jurídico, abogado, profesor, procurador o investigador jurídico, sin haber ejercido nunca como juez instituto, pueda entrar".

"Eso no es una estabilización" porque en el resto de profesionales a los que se abre la puerta no concurre la temporalidad ni ese abuso que la Unión Europea sanciona, argumenta la presidenta de la APJI. Su propuesta es que aquellos jueces y juezas que tengan 10 años de nombramiento, que no de trabajo efectivo, puedan acceder por un concurso de méritos, igual que acceden al cuarto turno o a la bolsa de sustitutos.

Que se tenga en cuenta su experiencia, los años de trabajo en los tribunales, los doctorados, los expedientes académicos, las publicaciones, la docencia... "Pero pedimos una estabilización restringida a aquellos sujetos en los que concurre el abuso de la temporalidad, que somos nosotros, porque en los abogados no concurre el abuso de la temporalidad, ni en los procuradores, ni en los profesores de Universidad".

Explica, para fundamentar su postura, que esos operadores jurídicos ya tienen una forma de acceso, que es el cuarto turno. "Esta estabilización debería ser para nosotros", remarca.

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