La Seguridad Social introdujo el pasado año algunos cambios en las bajas laborales, modificaciones que tienen efecto de cara a este 2025.
Entre las nuevas medidas se incluyen más controles de carácter administrativo y evaluaciones médicas, de cara a llevar un mejor registro y que el facultativo pueda valorar la reincorporación del empleado a su puesto de trabajo en el momento más adecuado posible.
Las bajas temporales tendrán un límite máximo y tendrán mayor control
La nueva norma sobre las incapacidades laborales contempla una vigencia máxima de 18 meses: se podrá estar de baja laboral 360 días, a los que se podrá sumar una prórroga máxima de 180 días adicionales: es decir, un máximo de 540 días de baja por incapacidad temporal.
Una de las principales novedades es que, al finalizar el periodo máximo de baja por incapacidad temporal, el médico deberá someter al trabajador a un examen para determinar si el trabajador puede reincorporarse a su puesto de trabajo o, por el contrario, se debe tramitar un grado de incapacidad permanente.
Con estos cambios, la Seguridad Social pretende adaptar y modernizar los procedimientos de baja laboral para dotarlos de una mayor eficacia y transparencia. El nuevo sistema se está implementando y la propia administración cuenta con una comisión para supervisar su correcto funcionamiento.
Hay que tener en cuenta que, en el caso de las bajas por incapacidad temporal, los primeros quince días son pagados por la empresa. A partir del decimosexto día de baja, es la mutua o la Seguridad Social la que asume los costes hasta el momento en el que el empleado se recupera y regresa a su puesto de trabajo.