Las dos sentencias judiciales con las que el Gobierno presiona al Supremo para que amnistíe a Puigdemont

El camino judicial que puede recorrer Carles Puigdemont para conseguir que se le aplique la amnistía pese al delito de malversación aún no ha llegado a su fin. El líder de Junts tiene previsto acudir en amparo al Tribunal Constitucional, que tomaría la decisión definitiva. El Gobierno también le encomienda a continuar por esa senda después de que el Tribunal Supremo haya decidido que el delito de malversación que se le atribuye no es amnistiable, lo que solo podría ser corregido por el tribunal de garantías. Para el Ejecutivo de Sánchez hay dos sentencias judiciales que deberían "preocupar" al Supremo al entrar en "contradicción" con su decisión de no amnistiar la malversación del procés: la del TSJC que amnistía al exconseller Miquel Buch y la de un juzgado de Barcelona sobre Francesc Homs.

La del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se conoció a finales de junio, antes de la decisión del Supremo, y fue la primera vez que se aplicó la amnistía a condenados por el procés. Tras deliberar sobre la aplicación de la medida de gracia, la sala de apelaciones del alto tribunal catalán decidió amnistiar al exconseller de Interior Miquel Buch, condenado a cuatro años y medio de prisión y 19 años de inhabilitación por malversación y prevaricación. Buch había contratado al exsargento de los Mossos Lluís Escolà como asesor para escoltar a Puigdemont tras su huida a Bélgica. Tanto el exconseller como el policía catalán alegaron en su recurso que no hubo afán de lucro personal en sus acciones, y así lo entendió el TSJC que les concedió a ambos la medida de gracia, por lo que quedó extinguida su responsabilidad civil y penal y se eliminaron sus antecedentes.

La otra sentencia a la que se refiere el Gobierno es la del Juzgado de Instrucción número 18 de Barcelona, que también acordó la aplicación de la amnistía por malversación al exconseller catalán Francesc Homs a finales de julio, contradiciendo así la decisión del Tribunal Supremo, que ya era conocida. En concreto, la jueza Carmen García decidió aplicarle la amnistía a Homs, que fue conseller durante los gobiernos de Artur Mas y autorizó los gastos en la promoción exterior del procés, alegando que la malversación no generó enriquecimiento propio ni afectó a los fondos europeos, de acuerdo al criterio de la Fiscalía. Además, la jueza también amnistió al otro investigado en la causa, el entonces secretario de Asuntos Exteriores y de la UE, Senén Florensa.

"Resulta que hay tribunales de instancia en este país, en concreto el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o ese juzgado de instrucción 18 de Barcelona, que han aplicado la ley de amnistía para los delitos de malversación . Y esto debería llevarnos a reflexionar si esos tribunales están cometiendo algún tipo de ilegalidad si no respetan el criterio del Tribunal Supremo", ironizó al respecto el ministro de Transportes, Óscar Puente, en declaraciones este miércoles. El ministró dijo que la interpretación del Supremo no es "correcta" a ojos del Gobierno, insistiendo también en la literalidad de la norma aprobada en el Congreso de los Diputados. "El tenor literal de la ley es claro y lo que ha hecho el Tribunal Supremo interpretándola es prescindir de ese tenor", apuntó Puente.

Con ello, el Ejecutivo de Pedro Sánchez continúa ejerciendo presión al Alto Tribunal para que aplique la amnistía a Puigdemont, en un contexto político en el que Junts ya no garantiza sus apoyos al PSOE en el Congreso de los Diputados.

Puigdemont recurrirá ante el Constitucional

El Gobierno confía en que el Tribunal Constitucional acabe corrigiendo al Supremo, pero para llegar a ese punto la defensa del expresident aún tiene que agotar varias vías. En primer lugar, el Supremo aún tiene que resolver el recurso presentado por la defensa de Puigdemont contra la decisión de no amnistiar la malversación por la que está procesado en rebeldía.

Si finalmente el Alto Tribunal no cambia su decisión y continúa considerando que el delito de malversación no es amnistiable, el líder de Junts podrá presentar un recurso a una instancia superior, que sería un tribunal de apelación formado por tres jueces de la Sala de lo Penal. Y si este recurso también se desestima, la última instancia a la que puede recurrir es al Tribunal Constitucional a través de un recurso de amparo, que es a lo que precisamente quiere llegar la defensa del líder de Junts y a lo que le encomienda también el Gobierno.

Este recurso, regulado en el artículo 44 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, está previsto para los casos en los que haya una "violación de un derecho o libertad susceptible de amparo constitucional". La violación debe ser imputable "de modo inmediato y directo a una acción y omisión" de un órgano judicial. Para presentar el recurso, Puigdemont deberá razonar qué derecho fundamental (o derechos fundamentales) ha sido violado por la decisión del Tribunal Supremo.

A su vez, el recurso de amparo al Constitucional también es un requisito para recurrir a Europa, una vía que ya utilizaron tanto procesados como condenados del procés en el pasado.

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