Suben las bases de cotización de los autónomos en 2025: estas serán las nuevas cuotas

El próximo año 2025 entrarán en vigor nuevos importes mínimos y máximos en las bases de cotización de los autónomos: los trabajadores por cuenta propia deberán atender a estas nuevas tablas para conocer sus cotizaciones, que en algunos casos se incrementarán.

En total, son 15 tramos de rendimientos de actividades económicas, cada uno con su base máxima y mínima a aplicar en 2025. Estas tablas vuelven a cambiar tras haberlo hecho en 2024 y 2023, cuando se contaba con los mismos tramos de rendimiento: para el próximo año cambian las bases de cotización mínima y máxima de cada tramo, entre las que el trabajador podrá elegir base, que suben respecto a 2024.

Cómo quedan las cuotas de los autónomos en 2025

Según explican desde BBVA, a partir del 4º tramo de la tabla general, todas las bases mínimas de cotización de cada tramo se incrementan en 2025 respecto a 2024. A partir de los tramos 11º y 12º de la tabla general la base máxima del tramo sí que se incrementa en 2025 en estos dos casos la base máxima no se corresponde con el tope de rendimientos netos del tramo sino con la base máxima del sistema.

¿Cómo quedarían las cuotas mínimas a pagar por cada tramo?

  • Tramo de ingresos menores o iguales a 670 euros: la base mínima de cotización será de 653,59 euros. Esto implica una cuota mínima a pagar de 200 euros. La base máxima de cotización en este tramo será de 718,94 euros, con una cuota máxima de 220 euros.
  • Tramo de ingresos entre 670 y 900 euros: base mínima de cotización de 718,95 euros, lo que corresponde a una cuota mínima de 220 euros. La base máxima será de 900 euros, y la cuota máxima ascenderá a 275 euros.
  • Tramo de ingresos entre 900 y 1.166,7 euros: base mínima de cotización será de 849,67 euros, lo que conlleva una cuota mínima de 260 euros La base máxima en este rango será de 1.166,7 euros, y la cuota máxima será de 357 euros.
  • Tramo de ingresos entre 1.166,7 y 1.300 euros: base mínima de 950,98 euros, y la cuota mínima será de 291 euros. La base máxima para este tramo será de 1.300 euros, con una cuota máxima de 398 euros.
  • Tramo de ingresos entre 1.300 y 1.500 euros: la base mínima será de 960,78 euros, con una cuota mínima de 294 euros. La base máxima será de 1.500 euros, con una cuota máxima de 459 euros.
  • Tramo de ingresos entre 1.500 y 1.700 euros: la base mínima de cotización será de 960,78 euros, y la cuota mínima de 294 euros.La base máxima de cotización será de 1.700 euros, con una cuota máxima de 520 euros.
  • Tramo de ingresos entre 1.700 y 1.850 euros: base mínima de 1.143,79 euros, lo que conlleva una cuota mínima de 350 euros. La base máxima será de 1.850 euros, y la cuota máxima será de 566 euros.
  • Tramo de ingresos entre 1.850 y 2.030 euros: la base mínima de cotización será de 1.209,15 euros, con una cuota mínima de 370 euros. La base máxima de cotización será de 2.030 euros, con una cuota máxima de 621 euros.
  • Tramo de ingresos entre 2.030 y 2.330 euros: base mínima de 1.274,51 euros, lo que corresponde a una cuota mínima de 390 euros. La base máxima de cotización será de 2.330 euros, y la cuota máxima será de 713 euros.
  • Tramo de ingresos entre 2.330 y 2.760 euros: la base mínima será de 1.356,21 euros, y la cuota mínima será de 415 euros. La base máxima de cotización será de 2.760 euros, y la cuota máxima será de 845 euros.
  • Tramo de ingresos entre 2.760 y 3.190 euros: base mínima de cotización será de 1.437,91 euros, y la cuota mínima será de 440 euros. La base máxima será de 3.190 euros, con una cuota máxima de 976 euros.
  • Tramo de ingresos entre 3.190 y 3.620 euros: base mínima de 1.519,61 euros, lo que implica una cuota mínima de 465 euros. La base máxima será de 3.620 euros, y la cuota máxima será de 1.108 euros.
  • Tramo de ingresos entre 3.620 y 4.050 euros: la base mínima será de 1.601,31 euros, lo que conlleva una cuota mínima de 490 euros. La base máxima será de 4.050 euros, y la cuota máxima será de 1.239 euros.
  • Tramo de ingresos entre 4.050 y 6.000 euros: base mínima de 1.732,03 euros, con una cuota mínima de 530 euros.La base máxima será de 4.139,4 euros, con una cuota máxima de 1.267 euros.
  • Tramo de ingresos superiores a 6.000 euros: la base mínima de cotización será de 1.928,10 euros, lo que implicará una cuota mínima de 590 euros. La base máxima seguirá siendo de 4.139,4 euros, con una cuota máxima de 1.267 euros.
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