Cambios importantes en los planes de pensiones a partir de enero: podría haber una retirada masiva de ahorros

Buenas noticias para los poseedores de fondos de pensiones: a partir del próximo 1 de enero podrán ser rescatadas libremente las aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años. Esto quiere decir que las aportaciones anteriores al 31 de diciembre de 2015 podrán rescatarse de forma anticipada, sin necesidad de que medie ninguna de las causas generales previstas para ello.

¿Cuándo se pueden rescatar las aportaciones?

Pero empecemos por el principio: las aportaciones realizadas cada año a un plan de pensiones dan derecho a una deducción en el impuesto sobre la renta (IRPF). Actualmente, la aportación máxima a un plan individual de pensiones que da derecho a deducción se ha reducido a 1.500 euros al año. Antes de 2021, la cantidad máxima desgravable era de 8.000 euros.

De este modo, a cambio de este beneficio fiscal, la regulación establece que el ahorro en planes de pensiones no podrá ser rescatado, salvo en el momento de la jubilación u otras circunstancias excepcionales como desempleo, enfermedad, fallecimiento, incapacidad o dependencia.

Además, durante la pandemia del covid, el volcán de La Palma o la actual DANA en Valencia, también se reguló la posibilidad de un rescate anticipado del ahorro. Fuera de todas estas circunstancias, las aportaciones no pueden ser rescatadas, ya que los fondos de pensiones se conciben como un instrumento de inversión a largo plazo por parte de las entidades financieras.

Cambios para 2025

En 2014, a todas las circunstancias reguladas que permiten el rescate del ahorro en un plan de pensiones, se añadió una más con el objetivo de aumentar el atractivo entre los jóvenes: que a partir del 1 de enero de 2025, también podrían ser rescatadas las aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad.

Así, a partir del próximo 1 de enero se podrán rescatar de forma anticipada las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2015, aunque no medien causas de jubilación, enfermedad, desempleo, fallecimiento o dependencia. Por su parte, las inversiones realizadas a partir de 2016 deberán esperar hasta el 2026 y así sucesivamente.

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