PNV y Coalición Canaria salvan por los pelos la ley de la izquierda para limitar el alquiler temporal en su primer examen en el Congreso

El Gobierno conseguirá esquivar una nueva derrota parlamentaria por la mínima en un asunto tan sensible para su electorado como el acceso a la vivienda. El PNV y Coalición Canaria confirmaron a lo largo de la mañana de este martes que votarán a favor de la toma en consideración de la proposición de ley registrada por Sumar, Podemos, ERC, EH Bildu y BNG para establecer nuevas limitaciones y otorgar más derechos a los inquilinos de alquileres temporales o de una habitación dentro de un inmueble. Y, con esos apoyos, el texto reúne los votos suficientes para comenzar su tramitación por tan solo un escaño de diferencia, ya que Junts decidió abstenerse y volver a romper la mayoría parlamentaria del Ejecutivo.

Los cinco diputados PNV y la única parlamentaria de Coalición Canaria se sumarán a los proponentes de la ley y también al PSOE, que confirmó el fin de semana que apoyaría la toma en consideración de la iniciativa promovida por sus socios de izquierdas de la mano del Sindicato de Inquilinos. En contra votarán PP, Vox y UPN, que reúnen 171 actas frente a las 172 de todo el resto salvo Junts. No obstante, la previsible victoria parlamentaria de la izquierda no implica que la ley vaya a ponerse ya en marcha: únicamente superará su primer examen en el Congreso, y será a partir de ahora cuando comenzará a debatirse y, en su caso, a recibir enmiendas de los grupos parlamentarios en una tramitación que se prevé larga.

De hecho, que la proposición de ley vaya a recibir los apoyos suficientes como para superar la votación de este martes no implica que reúna, hoy por hoy, el consenso necesario como para ser aprobada definitivamente dentro de unos meses. Así lo avisó el PNV, que aseguro que el voto a favor que dará este martes al texto es "crítico" y que no comparte la actual redacción de la norma. "Esta iniciativa es una enmienda a la ley de vivienda, que está demostrando tener efectos muy negativos", criticaron los nacionalistas vascos, que anunciaron que presentarán "mejoras en el trámite parlamentario" y que, "en los términos actuales", no apoyarían la aprobación definitiva de la iniciativa.

La proposición de ley fue registrada el pasado mes de julio por todas las formaciones a la izquierda del PSOE, pero su redacción ha corrido mayoritariamente por cuenta del Sindicato de Inquilinos. Este colectivo social asegura que la actual falta de regulación del alquiler temporal y por habitaciones está "generando la vulneración de derechos de los arrendatarios, pero sobre todo, la expulsión masiva de inquilinas a quien se les termina el contrato de alquiler para desviarlo al mercado temporal o de habitaciones".

Desincentivar el mercado del alquiler temporal

En resumidas cuentas, lo que pretende la proposición de ley es equiparar los arrendamientos de vivienda habitual, a nivel de obligaciones para los propietarios y protección para los inquilinos, con los alquileres por meses y los que afectan a una sola habitación de un inmueble. El objetivo último de la iniciativa, según sus impulsores, es que deje de ser atractivo para muchos arrendadores poner sus pisos en el mercado de alquiler temporal, una vía que ahora mismo les permite eludir muchas de las salvaguardas para los inquilinos.

En concreto, la proposición de ley establece que, en contratos de duración temporal, se prohibiría el cobro de honorarios de agencia al inquilino, así como que se limitaría la cuantía de la fianza que pueden exigir los propietarios, que no podría ser superior al valor de media cuota mensual (en el caso de los alquileres de vivienda habitual, la fianza máxima es de dos mensualidades). Además, la reforma plantea que se puedan aplicar los límites de precios que ya recoge la ley de vivienda para zonas de mercado tensionado, unos topes que, hoy por hoy, solo se han puesto en marcha en Cataluña puesto que las comunidades gobernadas por el PP se niegan a aplicarlos.

De la misma manera, se restringiría la capacidad de los propietarios de alquilar la vivienda con un contrato menor a los cinco años de duración que establece la ley, algo que únicamente podría hacerse si se justifica debidamente el motivo "y su conexión con la duración prevista". "En caso de no quedar debidamente acreditadas, se presumirá que dicho contrato es de vivienda habitual", con todo lo que ello implica: entre otras cosas, que no se podrá subir el precio más allá de lo marcado por ley durante ese tiempo.

La última de las grandes modificaciones del régimen de alquileres temporales afecta al tiempo que estas viviendas pueden ser arrendadas en esas condiciones. Se establece un tiempo máximo de seis meses para alquilar una vivienda en régimen de alquiler temporal: todo lo que exceda ese plazo sería considerado un alquiler de vivienda habitual y el contrato pasaría a tener una duración de cinco años (siete si el propietario es una empresa). Lo mismo ocurriría si el contrato temporal de arrendamiento se prorrogara más de una vez, aunque no se haya alcanzado el medio año de estancia en el inmueble.

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