El complemento de hasta 120 euros por hijos a cargo que puedes recibir si cumples los requisitos

Las pensiones se revalorizarán en 2025 con carácter general en un 2,8%, es decir, unos 564 euros más al año para la pensión media de jubilación, tras conocerse el dato adelantado de la inflación interanual publicado por el INE. Esto significa que la pensión media del sistema (incluyendo el conjunto de las pensiones contributivas que concede el Estado) se revalorizará unos 492 euros al mes, es decir, de los 1.255 euros al mes en 2024 a 1.290 en el año 2025.

En ese sentido, esta no será la única subida para algunos jubilados, ya que a esta cuantía podría sumarse un complemento para el que solo algunos pensionistas cumplirán los requisitos. Se trata del complemento para la reducción de la brecha de género, que fue implementado en la última reforma como compensación para aquellas personas trabajadoras, especialmente en el caso de las mujeres, que durante su vida laboral hayan tenido uno o más hijos, pudiendo el cuidado de estos condicionar la actividad profesional del trabajador o trabajadora.

¿Quiénes pueden pedir el complemento por brecha de género?

Según informa la Seguridad Social, tienen derecho a esta pensiones las mujeres que cobren una pensión de jubilación contributiva, de incapacidad permanente o de viudedad y que hayan tenido uno o más hijos o hijas.

También los hombres que acrediten, además de esos requisitos, una pensión de viudedad y alguno de sus hijos tenga derecho a una pensión de orfandad o corroboren haber visto su carrera interrumpida por nacimiento o adopción de un hijo o hija.

La Seguridad Social aclara que:

  • En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
  • En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

Hasta 121 euros más al mes

La cuantía del complemento se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Para este 2024, el complemento de brecha de género consta de 30,40 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces ese importe (es decir 121,6 euros al mes extras para quien tenga cuatro o más hijos).

De mantenerse, estas cuantías implican que quienes cumplan los requisitos y perciban el complemento pueden recibir entre 425,6 euros (en el caso de un hijo) y 1.702,4 euros más al año como máximo en su pensión (en el caso del máximo contemplado por cuatro o más hijos).

La Seguridad Social explica que este complemento "no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima" y se abona directamente en las pagas extraordinarias de junio y noviembre.

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