La jueza que investiga al hermano de Pedro Sánchez en un juzgado de Badajoz, Beatriz Biedma, concluye en un auto dictado este miércoles que "todo parece indicar" que el puesto que ocupa en la Diputación de Badajoz "se creó para ser asignado" al propio David Sánchez. La instructora señala que "la petición de cobertura del puesto se realizó en el momento en que David Sánchez estaba buscando trabajo", destaca que hay "irregularidades en el proceso de selección" y que "muy pronto" quedó patente "la innecesaridad de sus funciones".
En el auto, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz ha reclamado a la Presidencia del Gobierno que informe "a la mayor brevedad posible" de los puestos que ha ocupado en la institución Luis María Carrero, un exasesor de Moncloa que pidió trabajo al hermano de Sánchez y acabó contratado por la Diputación de Badajoz.
La jueza solicita igualmente al Teatro Real de Madrid información que aclare si David Sánchez "ha tenido o tiene" alguna relación laboral con la institución. Por otro lado, la instructora cita como testigo al excoordinador de Podemos Extremadura, Álvaro Jaén, y al representante de CSIF Francisco Serrano. Ambos denunciaron la creación del puesto que ocupó el hermano del presidente del Gobierno y declararán ante la jueza el 14 de febrero.
Más allá de la ordenación de diligencias, la instructora hace varias apreciaciones de calado en el escrito de 16 folios. Apunta que "los indicios de criminalidad existentes se han ido corroborando por las diligencias de investigación ya practicadas". Según explica la jueza, las motivaciones que justificaron la creación del puesto de David Sánchez en la memoria de la Diputación "han sido negadas por los directores de los conservatorios de Badajoz".
Por tanto, Biedma no aprecia justificación a la creación de un puesto como el que pasó a ocupar el hermano de Sánchez. Menos aún cuando se trata de un puesto directivo: "Tampoco se justifica la necesidad de que el puesto lo fuera de personal de alta dirección, cuando según la doctrina y jurisprudencia su uso debe ser restrictivo y debe motivarse siempre".
Asimismo, la instructora considera acreditado que el cargo de Sánchez no era imprescindible, "pues no se dispuso que fuera sustituido por otro trabajador durante su excedencia y su baja de paternidad, y su actividad se centró en el proyecto Ópera Joven desde incluso antes de octubre de 2021.