El Supremo suspende la declaración voluntaria de Ábalos y le citará como imputado cuando el Congreso le autorice

El juez del Tribunal Supremo que investiga a José Luis Ábalos le había ofrecido declarar este jueves voluntariamente, pero después de que Ábalos pidiera aplazar esa cita el instructor Leopoldo Puente ha retirado la oferta. En un auto dictado este lunes, el magistrado señala que la declaración voluntaria no puede tener lugar "en el momento que [Ábalos] considere más oportuno". De modo que, ante la solicitud de aplazamiento del exministro, el instructor decide omitir este paso y procederá directamente al siguiente: pedir un suplicatorio al Congreso para que la Cámara le permita citar al diputado del Grupo Mixto "ya con el estatus pleno del investigado en un proceso penal y con obligación de comparecer".

Puente aún no ha cursado el suplicatorio, y una vez lo haga el proceso puede extenderse durante varias semanas en el Congreso de los Diputados. Solo cuando este haya concluido el instructor del Supremo podrá citar de nuevo al exministro de Transportes para interrogarle por su "papel principal" en la trama de corrupción en la compraventa de mascarillas a la que se conoce como 'caso Koldo'.

Fue el pasado lunes cuando Puente acordó la citación de Ábalos (de cara al día 12), y las de los imputados Víctor de Aldama (16 de diciembre) y Koldo García (17 de diciembre). El jueves, el diputado envió un escrito al juez en el que pedía aplazar su declaración voluntaria para contar con más tiempo para estudiar el sumario. En su solicitud, el exministro argumentaba que no había podido acceder a la causa hasta el mismo jueves y que no tendría tiempo para estudiarla a fondo dado su "extenso volumen".

Pero el magistrado Puente ha rechazado de plano la petición del aforado, ya que la declaración voluntaria "no puede ni debe quedar suspendida" hasta que el diputado "considere llegado el momento oportuno". "Ello solo daría pábulo al surgimiento de eventuales dilaciones indebidas, sino que podría perjudicar también seriamente la eficacia de la investigación, que solo se podrá dirigir en términos inculpatorios respecto de la persona aforada a partir del momento en el que el suplicatorio resultara concedido por la Cámara de la que el aforado forma parte", concluye el juez.

Según Puente, es Ábalos quien "juzga preferible para sus legítimos intereses que el instructor adopte la decisión de elevar o no el correspondiente suplicatorio a la Presidencia de la Cámara de la que forma parte, a que lo haga tras oírle voluntariamente en declaración en un momento que considera prematuro". Así, el instructor subraya que la decisión de Ábalos "no comporta, en modo alguno y por descontado, reconocimiento implícito de los hechos que se le atribuyen".

Por último, Puente explica que "si el suplicatorio finalmente se cursa y resulta otorgado", Ábalos será llamado a declarar, "ya con el estatus pleno del investigado en un proceso penal y con obligación de comparecer". Una vez cancelada la declaración del exministro de Transportes, las dos fechas señaladas en la causa que dirige el instructor del Supremo son el 16 y 17 de diciembre, cuando comparecerán Aldama y Koldo García.

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