Puigdemont recusa al nuevo magistrado del Constitucional en los asuntos del 'procés' e intentará apartarlo también de la amnistía

Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín han presentado un escrito en el Tribunal Constitucional para apartar al nuevo magistrado, José María Macías, de todos los asuntos pendientes de deliberación que guardan relación con el procés. El documento, firmado por el abogado Gonzalo Boye, anticipa también que los recurrentes tratarán de recusar a Macías de la deliberación sobre la ley de amnistía.

"Un análisis de los pronunciamientos realizados hasta la fecha por José María Macías" lleva a Puigdemont a concluir que "concurren datos bastantes para entender que no será parcial en estos asuntos [los relacionados con el procés] ni en los que en el futuro se generen" respecto de la ley de amnistía. "Extremo este último sobre el cual nos pronunciaremos en el momento y sede procesal oportuna", añade el escrito en alusión a la aplicabilidad de la ley de amnistía, que se debatirá en el tribunal en los próximos meses.

El documento de 14 folios incluye una generosa lista de declaraciones públicas de Macías que, a juicio de los recurrentes, dejan patente su imparcialidad. Entre ellas, palabras de afecto a su "amigo" Pablo Llarena (instructor del procés) y denuncias a los "ataques fascistas" que ha sufrido el juez. "¿Qué garantía de imparcialidad hay cuando quien está llamado a decidir en un asunto calificó de nazis a los recurrentes y de amigo a quien dictó la resolución impugnada?", se pregunta el abogado Gonzalo Boye.

Y continúa aportando declaraciones que, a su parecer, son motivo de recusación. Entre ellas unas que tratan sobre el acuerdo que dio paso a ley de amnistía: "Una amenaza en términos ya mafiosos, un toque de atención a los jueces que tengan que determinar como se aplica esa ley de amnistía".

Como ya informó este periódico, el magistrado José María Macías no piensa que ninguna de estas declaraciones sean motivo de recusación. Así lo desvelaron hace días fuentes del Tribunal Constitucional que citaban la jurisprudencia más reciente del Tribunal Constitucional, plasmada en el auto 107/2021.

Y se refieren concretamente al siguiente párrafo: "No puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio jurídico anticipado sobre los asuntos que debe resolver. No solo el Tribunal Constitucional sino también el resto de tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por jueces que no tengan la mente vacía sobre los asuntos jurídicos sometidos a su consideración".

En aquel auto, el Tribunal Constitucional explica que sus miembros han de ser "juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional" y, como tal, "no puede extrañar" que "se hayan pronunciado voluntaria u obligatoriamente sobre materias jurídicas" que deban tratar en el órgano de garantías.

El abogado Gonzalo Boye, para sustentar las recusaciones, recurre a otra jurisprudencia, prestando especial atención al Tribunal de Justicia de la Unión Europeo e incluyendo consideraciones como esta: "Las garantías de acceso a un tribunal independiente e imparcial constituyen la piedra angular del derecho a un proceso justo". Cita también una sentencia del 26 de marzo de 2020 en la que el TJUE señala que "todo órgano jurisdiccional está obligado a verificar si, por su composición, es un tribunal que tiene dichas características [independencia, imparcialidad] cuando surja sobre este punto una duda fundada". En otras palabras, la garantía al juicio imparcial "constituye un motivo de orden público que debe ser examinado de oficio".

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