No hay duda que una de las mayores preocupaciones en España actualmente es el alto precio de los alquileres, un problema que se ha ido agravando especialmente en los últimos años y que está afectando de lleno a la población joven de todo el país. Así, en ciudades como Madrid o Barcelona el alquiler ha experimentado un notable aumento en los últimos años.
El economista y profesor universitario Gonzalo Bernardos, habitual en debates económicos, explicó su opinión al respecto en el pódcast 'Monopoly Inmobiliario' de Enric Jiménez, detallando su pronóstico sobre el mercado del alquiler en 2025 y lanzando un mensaje a los alquilados.
"Estamos ante el mayor desnivel de la demanda respecto a la oferta"
Bernardos criticó en su intervención en el pódcast las políticas desarrolladas por el Gobierno en los últimos años, que asegura solo incentivan el "pánico inmobiliario" de los caseros, que cada vez son más reacios a poner sus viviendas en alquiler. Mientras, los inquilinos apuran sus contratos antes de abandonar los pisos, por lo que la "rotación de vivienda", argumenta, se paraliza.
Según Bernardos, este desequilibrio entre oferta y demanda provoca que, mientras la segunda crece exponencialmente, la primera no solo no crece, sino que disminuye: "Si además los propietarios se pasan a arrendamiento de temporada o dejan de poner viviendas en el mercado por la inseguridad jurídica, estamos ante el mayor desnivel de la demanda respecto a la oferta".
"Nadie se plantea el alquiler como una opción para toda la vida"
De hecho, el profesor ha dedicado una parte de su intervención a explicar la diferencia entre usufructo que, según explica, los inquilinos confunden con el alquiler: "Nadie se plantea el alquiler como una opción para toda la vida. Hay gente que dice: yo quiero vivir en la vivienda de alquiler en la que vivo el tiempo que yo quiera. Eso no es ningún derecho tuyo. Nadie te ha concedido un usufructo en esa vivienda".
Según el artículo 467 del Código Civil, el usufructo es "el derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia". Esto significa que, en el caso de las viviendas, los usufructuarios tienen derecho a residir o arrendar la vivienda, pero no venderla o hipotecarla. Bernardos explica que los inquilinos de un piso de alquiler no tienen derecho a permanecer en él el tiempo que quieran, ya que no son usufructuarios.