El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, cifró este domingo en más de 35.800 las solicitudes de indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros registradas a causa de la DANA y estimó que los primeros pagos se producirán a finales de la próxima semana.
Cuerpo escribió varios mensajes en su cuenta en X informando de que "en solo cuatro días" se han registrado más de 35.800 solicitudes, cifra que va en aumento. El ministro explicó que se han desplegado más de 400 peritos en colaboración con las aseguradoras y los mediadores y el Consorcio "está realizando ya" peritaciones de los daños provocados por las inundaciones para “indemnizar cuanto antes”.
Recordó que la indemnización al Consorcio se solicita en el teléfono 900 222 665 o a través de la página web del Consorcio ('www.consorseguros.es'). También se puede hacer la petición a través de las propias aseguradoras, que realizarán los trámites necesarios. "Seguimos con el corazón en un puño, poniendo a disposición todo lo necesario para ayudar a los afectados por la DANA", escribió el ministro.
El Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños por inundación extraordinaria. El requisito para acceder a la cobertura del Consorcio es que la persona o el bien estén asegurados, con un seguro en vigor en el momento de la inundación. Se cubren daños causados en personas y bienes asegurados como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
El Consorcio indemnizará con arreglo a los capitales asegurados y las cláusulas del contrato de seguro del afectado. En el caso de los bienes, cubrirá los daños materiales como consecuencia de la inundación como puede ser la pérdida de alquileres, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales.
Para recibir las indemnizaciones por daños en vehículos, la persona necesita tener cobertura por daños al vehículo, ya sea todo riesgo, lunas, robo, o el seguro obligatorio del vehículo, a terceros. En el caso de daños personales -lesiones o fallecimiento-, requiere un seguro de vida o de accidentes con cobertura de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal. Por último, la pérdida de beneficios sólo está cubierta si la póliza así lo especifica y el daño afecta a los bienes asegurados.