El central del Sevilla Kike Salas fue detenido este martes por la Policía Nacional por presuntamente forzar tarjetas amarillas en el tramo final de la pasada temporada para que personas de su círculo ganasen apuestas deportivas, por lo que está siendo investigado por un delito de estafa. De momento, el jugador se entrena con normalidad con su equipo en espera del resultado las pesquisas policiales sobre los hechos para citarlo a declarar.
Los tres detenidos (Kike Salas y dos amigos del futbolista), ya en libertad, tienen la condición judicial de investigados, pero por el momento no han sido citados a declarar en tal condición por parte del juzgado, a la espera del resultado de las pesquisas policiales que se están desarrollando, que incluyen el análisis de diferentes pruebas, entre ellas las conversaciones mediante los teléfonos móviles de los inculpados.
Mientras tanto, se abre un período de incertidumbre tanto para el jugador, que se expone a sanciones tanto deportivas como penales, como para la entidad hispalense, que de momento espera acontecimientos mientras se acoge a la presunción de inocencia del jugador.
Eso sí, la situación futura del futbolista quedará marcada por lo sucedido. "Por el momento se está en pleno conocimiento de la situación, pero la imagen del club y la del jugador ya se ha visto comprometida. Aunque haya presunción de inocencia, este hecho ya va a quedar reflejado en el expediente del jugador. Esto también salpica a los patrocinadores y afecta en todos los ámbitos", explica a 20minutos Abel Gutín, abogado experto en derecho deportivo del despacho Himmus.
El Sevilla FC emitió este martes un comunicado acogiéndose a la presunción de inocencia de su jugador. No obstante, con el escenario que se le presenta en la actualidad, puede empezar a tomar diferentes medidas.
"Por un lado, el Sevilla, tal y como ha hecho, ha mantenido al jugador en el club, el cual ahora mismo puede entrenar y participar en los partidos, algo que finalmente irá bajo el criterio del propio entrenador", explica el letrado Abel Gutín.
Asimismo, el club también podría aplicar sanciones disciplinarias internas. "Es decir, medidas como la suspensión temporal de empleo y sueldo. Eso sí, siempre que estén respaldadas por el reglamento interno del club y siempre que no se abra un expediente contradictorio", añade el abogado.
"Esto está apoyado por el Estatuto de los Trabajadores (ET), el cual no permite que se lleve a cabo la suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias, como puede ser el caso de privación de libertad del jugador. En este supuesto, Kike Salas no está privado de libertad, está siendo investigado, por lo que no cabría esta suspensión", continúa diciendo Abel Gutín.
No obstante, sí se podría sancionar a Kike Salas mediante un expediente disciplinario: "Si la decisión se encontrara respaldada por el reglamento interno del club y si considera que la conducta menoscaba gravemente la imagen del Sevilla, pudiendo ser una causa obvia de despido".
Cláusulas de moralidad en los contratos
Además, se tiene que atender a lo recogido en el contrato suscrito por las partes, es decir, por el Sevilla y el futbolista. "Como suele suceder en estos clubes de gran envergadura como es el Sevilla, lo habitual es que incluyan en los contratos cláusulas de moralidad, las cuales suelen estar en los contratos de los deportistas y abarcan situaciones como pueden ser apuestas, dopaje o escándalos de diversa índole como sexuales", puntualiza el abogado experto.
"Lo importante de estas cláusulas es que se detallen específicamente cuáles son las penalizaciones y en qué supuesto se puede activar la rescisión o resolución unilateral por parte del club sin necesidad de indemnización", añade Gutín.
Sanciones económicas o suspensión de la licencia
Por su parte, la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) también puede imponer diferentes sanciones a Kike Salas, ya que tiene la potestad disciplinaria para hacerlo. "En este supuesto, podría abrir un expediente disciplinario al jugador basándonos en el artículo 78 del código disciplinario, el cual prevé unas sanciones económicas desde 3.000 a 30.000 €", explica el abogado Abel Gutín.
"Por otro lado, también se le puede imponer una sanción de privación de su licencia como deportista de dos a cinco años en el supuesto de que hubiera cometido el delito. De haber reincidencia, esta podría ser definitiva", concluye.
"No obstante, aunque se abra un expediente disciplinario, la Federación prevé que se acordará la suspensión del procedimiento hasta que recaiga la correspondiente resolución judicial es decir habrá que esperar a que se dicte sentencia firme en la causa penal para saber con exactitud el alcance de la sanción disciplinaria por parte de la Federación", afirma el letrado sobre si dichas sanciones se pueden imponer independientemente de la resolución judicial.
"Por lo tanto, se da prioridad a la sentencia judicial y, de manera posterior, se reanudaría el expediente disciplinario por parte de la Federación. Lo habitual es que si hay una sentencia condenatoria, la Federación aplique en ese sentido una condena al jugador", concluye.
La posición de LaLiga
LaLiga este martes solicitó personarse en el caso como acusación particular: "En este supuesto, no tiene competencia disciplinaria. De hecho, la potestad concurre en la Federación y en la justicia ordinaria, aunque sí pueda personarse en el procedimiento, tal y como ha hecho".
Qué puede hacer Kike Salas
Kike Salas no se ha pronunciado por el momento al respecto y este miércoles ha entrenado junto a sus compañeros con total normalidad de cara al partido de este sábado contra el Girona en Montilivi. "Lo recomendable es que el jugador mantenga un perfil bajo y continúe con su vida deportiva de manera normal, si se lo permiten y, en lo relativo a la vida privada, que no se vea inmerso en ningún tipo de escándalo que pueda afectar todavía más a su imagen", afirma el abogado.
Posibles penas a las que se enfrenta
Por un lado, se tiene que tener en cuenta lo recogido en el artículo 248 del Código Penal (CP) relativo al delito de estafa en el que, presuntamente, habría incurrido el central del Sevilla. Asimismo, tal y como señala Abel Gutín, el artículo 286 bis, "establece que respecto a aquellas conductas que tengan la finalidad de predeterminar o alterar de manera deliberada y de común acuerdo el resultado de un encuentro se prevé penas de prisión de seis meses a cuatro años y multa de hasta el triple del beneficio obtenido".
"Por lo tanto, la sanción a la que podría enfrentarse el jugador por este presunto delito de estafa, sería de seis meses a cuatro años en el ámbito penal. Además, de a lo que se enfrentaría en el ámbito de la Federación, que es la retirada de la licencia en un periodo de dos a cinco años", concluye el letrado.