El Supremo imputa al fiscal general García Ortiz por un delito de revelación de secretos

El Tribunal Supremo ha abierto una investigación contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos. La Sala de lo Penal ha tomado la decisión por unanimidad, atendiendo una exposición razonada que elevó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), y así ha dado un paso que no tiene precedentes en esta democracia: la imputación de un fiscal general. Los magistrados que han tomado esta decisión son Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Susana Polo (ponente) y Carmen Lamela. Ángel Luis Hurtado será el instructor de esta causa, conforme al turno establecido.

Según ha informado el alto tribunal, este mismo instructor investigará a la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández. Aunque esta no tiene condición de aforada ante el Supremo, este tribunal considera que los comportamientos de García Ortiz y Rodríguez Fernández "guardan una conexión inescindible que impide la incoación de causas separadas".

El delito de revelación de secretos está relacionado con la emisión de una nota de prensa publicada con membrete de la Fiscalía Provincial de Madrid el 14 de marzo, y con la filtración de información a los medios de comunicación en los días previos a este. El comunicado guardaba relación con la causa en la que se investiga a la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, por presuntos delitos de fraude fiscal y falsedad documental.

En los días previos a la emisión de la nota, salieron a la luz varias informaciones periodísticas sobre un supuesto pacto que la Fiscalía negociaba con González Amador para evitar una eventual pena de prisión si finalmente era procesado y condenado por estos delitos. Así lo recuerda el auto del Tribunal Supremo: "Hay que apuntar que las informaciones contenidas en la citada nota, difundida a las 10.20 horas del día 14 de marzo de 2023, habían sido sacadas a la luz por distintos medios informativos de prensa y programas radiofónicos los días 12 y 13 de marzo".

De modo que el Supremo no pone el foco en la propia nota de prensa, sino en la información que se había filtrado previamente a los medios de comunicación. "Aparentemente, no hay información indebidamente revelada [por la nota], ante el conocimiento público de los hechos", indica el alto tribunal. Sin embargo, "de la instrucción de la causa", que hasta ahora ha dirigido el magistrado del TSJM Francisco José Goyena, "se desprende que horas antes de la nota de prensa, los correos entre el fiscal del caso y el letrado de González Amador fueron revelados, estando los mismos en poder del fiscal general del Estado y de la fiscal jefa provincial.

Según explica el auto de la Sala de lo Penal, resulta "obvio" que la filtración de estas informaciones, en las que se indicaba que González Amador reconocía su culpabilidad de dos delitos fiscales, puede afectar a su "derecho a la presunción de inocencia". El Supremo lo considera así, "aunque ese reconocimiento no tuviera lugar en el marco del proceso penal", sino en la fase previa.

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