Qué dice el artículo 125 del Senado con el que se podría haber frenado la rebaja de penas de los presos de ETA

Una reforma legal aprobada en el Congreso por todos los partidos políticos el pasado 18 de septiembre y que permitirá convalidar a los presos de ETA las penas que cumplieron en otro país, ha generado una tormenta importante entre Gobierno y oposición.

El cambio, que podría rebajar las penas a 44 etarras, parece no tener vuelta atrás porque no ha recibido ni enmiendas ni vetos en la Cámara alta, donde ya está en proceso de tramitación. Ahora, PP y Vox alegan que votaron a favor de la medida "por error", porque era una enmienda incluida en otra ley.

Ante esta situación, el Partido Popular ha presentado este martes en la Junta de Portavoces de la Cámara Alta un escrito para que los grupos retiren las enmiendas que introdujo Sumar en la ley. No obstante, la falta de unanimidad ha tumbado el intento de la oposición de remendar su error en el Congreso. Pero ¿de qué se trata el artículo 125 del Senado y cómo podría haber jugado un papel importante en la modificación del texto?

Artículo 125 del Reglamento del Senado

Tal y como explican fuentes populares, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento del Senado se puede modificar el texto de un proyecto de ley si así lo aceptan la totalidad de los grupos. No obstante, "el PSOE y todos sus socios se han negado a firmar la petición del PP, alineándose con los intereses de Bildu y los presos de ETA", denuncian.

Esto es lo que dice el artículo 125 del Reglamento del Senado:

"Con anterioridad al inicio del debate del artículo o texto correspondiente, podrán presentarse propuestas de modificación de los dictámenes de las Comisiones, siempre que en las mismas concurran alguno de los siguientes requisitos:"

  • Que hayan sido objeto de votos particulares y se suscriban por la mayoría de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios que, a su vez, integran la mayoría de los Senadores.
  • Que se suscriban por la totalidad de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

Asimismo, el artículo recoge que "el debate o votación de las propuestas de modificación requerirán un previo trámite de información y se regirán por las mismas normas que las establecidas para los votos particulares."

"También se admitirán a trámite enmiendas que, cumplido el mismo requisito, tengan por finalidad subsanar errores o incorrecciones terminológicas o gramaticales".

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