La Seguridad Social permite a un colectivo de trabajadores sumar hasta un máximo de cinco años de cotización extra de cara a su jubilación, gracias a una novedad introducida el año pasado y que podrá solicitarse, presentando la documentación pertinente, hasta el año 2028: se trata de aquellas personas que hayan realizado prácticas formativas y no hayan cotizado por ellas.
Estos becarios que no hubiesen cotizado pueden acogerse a este derecho e incluir esta experiencia en su vida laboral, con los beneficios que ello supone. Sin embargo, hay que tener en cuenta los requisitos y los periodos que es posible recuperar por ese tiempo de prácticas formativas.
Los becarios pueden recuperar sus cotizaciones
La Seguridad Social aclara en su página web que los beneficiarios de esta medida son "aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos".
Las prácticas en cuestión deben enmarcarse en uno de estos tipos:
- Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.
- Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.
- Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
- Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
Hasta cinco años de cotización, a solicitar antes de 2028
La norma permite recuperar hasta cinco años íntegros de prácticas, es decir, hasta 1.825 días de cotización. La Seguridad Social aclara que quienes ya hubiesen recuperado dos años en la regulación de 2011 "también podrán beneficiarse de este nuevo convenio".
También podrán solicitar este máximo:
- Personas que hubieran participado como becarios en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título.
- Doctorandos en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.
Se podrá solicitar el convenio especial para recuperar las cotizaciones hasta el 31 de diciembre de 2028.
Se deben abonar las cotizaciones correspondientes
Para poder recuperar estas cotizaciones en la vida laboral, será necesario, después de solicitar el convenio especial, abonar las cantidades correspondientes de cotización por los periodos recuperados.
Estas cuantías se calcularán tomando como referencia la base de cotización "del año en el que se llevó a cabo la actividad y no la de 2024", según informa la Seguridad Social. La administración pública calcula que esa cifra se situaría entre 40 y 140 euros al mes aproximadamente por cada mes cotizado en periodos entre 1980 y 2006.
Calculado dicho importe por la Seguridad Social, el resultado de la cotización se obtiene de multiplicar las mensualidades por un coeficiciente de 0,77, según establece el convenio especial. El resultado final se podrá abonar en un solo pago o fraccionarlo en hasta 84 mensualidades.
La Seguridad Social ha explicado que quienes ya se hubieran acogido a este convenio especial pueden solicitar que se les apliquen las nuevas condiciones.
Cómo solicitar la recuperación de las cotizaciones por prácticas
Es posible realizar este trámite a través del apartado "Alta, baja o variación de datos del convenio especial" de la sección "Trámites y Gestiones" de la web de la Seguridad Social. La documentación necesaria, disponible en este enlace, incluye el DNI y el certificado de las prácticas expedido por el centro educativo con los periodos de duración de las mismas.