Miedo a no ser creídas, temor al agresor, vergüenza, cuestionamiento, restar importancia a la agresión, no querer pasar por un procedimiento judicial revictimizante e incluso la culpa son los motivos que llevan a las víctimas de violencia sexual a no denunciar los hechos.
El abandono de la política de Íñigo Errejón se ha producido después de que se hicieran públicas en redes sociales denuncias anónimas sobre sus comportamientos sexuales y en el ámbito de las relaciones íntimas, unos hechos que el político habría reconocido a Sumar y Más Madrid.
Horas después de la renuncia del exportavoz de Sumar, la actriz Elisa Mouliaá anunciaba en sus redes sociales que había sido "víctima de acoso sexual por parte de Íñigo Errejón" e interponía una denuncia ante la policía. A pesar de que ha habido varias denuncias anónimas, sólo Mouliaá lo ha hecho público y ha denunciado.
Infradenuncia
Cada día se denuncian en España 14 violaciones y 55 delitos contra la libertad sexual, según datos del Ministerio del Interior relativos al primer semestre de 2024. Sin embargo, existe un gran nivel de infradenuncia de la violencia sexual. Según la última Macroencuesta de Violencia contra la Mujer, el 13,7% de las mujeres de 16 años o más ha sufrido violencia sexual en España. Solo el 8% de las víctimas que padecieron violencia sexual fuera de la pareja la denunció.
¿Por qué las víctimas de violencia sexual siguen siendo reticentes a interponer denuncia? Preguntadas por los motivos por los que no denunciaron las agresiones, las víctimas contestaron que no concedieron importancia a lo sucedido (30,5%), la vergüenza (25,9%) y el temor a no ser creídas (20,8%). Muchas respondieron que la agresión se cometió cuando eran menores (35,4 %) o que se perpetró en tiempos en los que "no se hablaba de estas cosas" (22,1 %).
La psicoterapeuta especializada en trauma Chelo Álvarez, secretaria de la Asociación de Psicología y Psicoterapia Feminista, explica que las víctimas tienen "mucho miedo a que no las crean, a un procedimiento judicial que en muchas ocasiones es largo y revictimizante"; que sienten culpa y vergüenza y se ven en riesgo de ser señaladas y cuestionadas por romper el silencio.
"Presentan un sentimiento de culpa importante, 'qué van a pensar de mí, quizá lo pude parar y no supe hacerlo, me van a señalar como culpable'. Que te persigan y te culpabilicen te hunde en la más absoluta de las miserias, y además, por desgracia, no se las suele creer", lamenta Álvarez. La magistrada y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género Victoria Rosell incide en que las instituciones deben pensar en ese miedo de las víctimas, "que tiene mucho que ver con no confiar en que te vayan a proteger".
"Sigues teniendo miedo al agresor, pero tienes más miedo a las consecuencias de tu denuncia que lo que te pueda hacer el agresor y eso nos interpela a las instituciones, que no estamos dando una respuesta suficientemente protectora y reparadora", asevera Rosell. La magistrada recuerda que el poder judicial tiene la exclusiva de declarar que alguien es un agresor y condenarle, pero la acreditación de víctima de violencia sexual no solo es potestad del poder judicial, también de otras instituciones sanitarias o sociales.
"Es muy importante que las víctimas sepan que el Estado las cree y les puede brindar una protección distinta de la penal sin denuncia, si todavía no están listas. Las mujeres que acudan a los servicios especializados van a estar más preparadas para denunciar", sostiene. Rosell recomienda a las víctimas que guarden todas las pruebas y que vayan a un centro sanitario tras una agresión para que puedan preservar pruebas biológicas por si en el futuro quieren interponer denuncia.
Agresores poderosos
Las expertas precisan que cuando el agresor sexual es un hombre poderoso, las víctimas lo tienen aún más difícil para dar el paso. "Si la denuncia te va a cerrar aún más puertas o sabes que el agresor te puede fastidiar la vida aún más que de lo que lo ha hecho con la agresión sexual, las mujeres no somos tontas, calibramos los pasos que damos, tenemos en cuenta el escenario. Con los hombres poderosos es mucho más difícil, una piedra más en el camino: en la empresa, en los medios de comunicación, en la política...".
Álvarez señala que cuando los agresores tienen poder y relevancia pública (futbolistas, cineastas, políticos), la víctima sabe que va a entrar en un proceso de señalamiento, que va a ser objeto de persecución de los medios de comunicación y que va a ser juzgada públicamente. La psicoterapeuta incide en que hay que respetar siempre las decisiones y los tiempos de las víctimas, tanto si quieren contarlo como si no, tanto si quieren denunciarlo como si no, y subraya la importancia de que existan servicios especializados a los que puedan acudir.
La Macroencuesta precisa que el 39,9% de las víctimas de violencia sexual contó lo sucedido a una amiga; el 28,3%, a su madre; el 15,2%, a su padre y el 14%, a su hermana. Una de cada cuatro (26,6%) no se lo contó a nadie. Solo el 42,9% de los padres, el 37,9% de las madres, el 30,5% de las parejas y el 20,1% de las amigas aconsejaron a la víctima denunciar. La gran mayoría de las víctimas de violencia sexual no buscó ayuda formal tras lo sucedido.
Cómo actuar contra el acoso en el ámbito laboral
Entre los numerosos ámbitos en los que se han desarrollado situaciones de acoso sexual destaca el laboral. En caso de haber sufrido cualquier tipo de abuso sexual, el Ministerio de Igualdad recomienda presentar una denuncia o reclamación en primer lugar.
Una vez presentada la denuncia, el siguiente paso en el proceso sería esperar que se celebrara la reunión de la comisión instructora del Protocolo de Acoso, que cuenta con tres días laborables de plazo máximo desde la recepción de la reclamación para realizarla.
En la primera fase de la reunión de la comisión instructora se deben proporcionar datos sobre la denunciante y el denunciado sobre sus cargos en el trabajo o sus nombres y apellidos para pasar a la fase preliminar o procedimiento informal, en la que se intentará resolver la situación de acoso lo más rápido y eficazmente posible.
Durante la fase preliminar se entrevistará sobre todo a la persona afectada y, es posible que también a la parte agresora y tendrá una duración máxima de siete días laborables. En caso de que las personas implicadas estén de acuerdo, esta parte del proceso podría obviarse para pasar directamente a la tramitación del expediente informativo.
En cuanto al expediente informativo, la comisión instructora dará comienzo a una investigación para resolver la conducta en cuestión y recopilará toda la información posible, pudiendo contar con testigos y personas que puedan aportar o afirmar cualquier dato. El plazo máximo para realizar este expediente será de 10 días laborables prorrogables por otros 3.
Tres días después, como máximo, se habrá realizado la resolución del expediente de acoso, en la que la comisión decidirá las consecuencias según las conclusiones finales. En función de la decisión final, se procederá a adoptar nuevas medidas como separar a la víctima de su agresor, si estos siguen trabajando en el mismo lugar o incluso sancionar a la persona agresora con el traslado, suspensión de empleo y sueldo, limitación temporal para ascender o despido disciplinario.
Finalmente y una vez cerrado el expediente, antes de 30 días naturales la comisión habrá realizado un seguimiento sobre los acuerdos y medidas adoptadas mediante las dos partes para asegurar su cumplimiento, todo ello en caso de que ambos sigan trabajando en el mismo trabajo.