Miles de usuarios de todo tipo de transporte colectivo por carretera en España se han visto afectados por la primera jornada de huelga de los conductores de autobús, autocar, servicios discrecionales y escolares, para reclamar la jubilación anticipada. En esta situación, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha difundido una breve nota en la que recuerda que les asiste el derecho de reclamar, según el caso, la devolución del precio del billete, una compensación en forma de abono o una indemnización por trastornos acarreados por los retrasos. Recomiendan conservar billetes, resguardos y cualquier otro documento que pueda ayudar en una reclamación que primero deben hacer a la empresa transportista y, si no responde satisfactoriamente, elevar a una junta arbitral de transporte terrestre.
Patronal y sindicatos han coincidido en subrayar la "normalidad" y la ausencia de "incidentes graves" a lo largo de la jornada en la que a primera hora se han registrado roturas de lunas en una treintena de vehículos que han retrasado los servicios, que de forma generalizada han estado cubiertos por unos servicios mínimos que los sindicatos han considerado "abusivos" en algunos lugares y que patronal y algunos ayuntamientos han celebrado que hayan evitado demasiadas alteraciones.
Aún así, las aglomeraciones y colas para coger autobuses que tenían que dejar a pasajeros en tierra han sido comunes a primera hora de la jornada en las principales ciudades, en un día de paro que también ha afectado al servicio de líneas de larga distancia, en los autocares que recorren líneas estatales, entre distintas comunidades, han funcionado solo al 50%.
Todo esto puede haber afectado a usuarios y pasajeros que pensaban emprender viaje en autocar, que puede haberse retrasado o cancelado o que pueden haber perdido una conexión con otro medio de transporte. Para estas situaciones, la OCU recuerda que los derechos de los pasajeros están cubiertos por un reglamento europeo que les reconoce el "derecho al reembolso del billete y a una posible indemnización" en viajes superiores a los 250 kilómetros, la distancia a partir de la cual las empresas expiden un billete propiamente dicho.
Si el autobús se ha retrasado o se ha cancelado
Según la OCU, ante el retraso o la cancelación de un viaje en autocar el pasajero tiene derecho a obtener el reembolso del precio del billete o a una compensación en forma de abono. Si el viaje era de larga distancia, el usuario puede reclamar también una indemnización que varía el función de la demora sufrida y que va del 50% al 100% del importe del billete.
Pérdida de conexión o de alojamiento reservado
Si además de ver retrasado o cancelado el viaje, en este caso, en autocar, el pasajero ha perdido por ese motivo una conexión con otro medio de transporte -con un tren o con un avión, por ejemplo- o no le ha sido posible llegar al lugar donde tenía reservado y pagado un alojamiento, también podrá pedir una indemnización.
En este caso, la OCU recomienda especialmente "guarda cualquier documento que pruebe" que tenía una conexión o una reserva de alojamiento.
Cuándo y dónde reclamar
En primer lugar, el pasajero debe dirigir su reclamación a la compañía de transportes dentro de los tres meses posteriores a la huelga. La empresa tendrá un mes para contestar si admite la reclamación, si la ha desestimado o si todavía la está examinando.
Si la respuesta no llega o es insatisfactoria, recomienda acudir a las juntas arbitrales de transporte terrestre, dependientes del Ministerio de Transportes y presentes en todas las comunidades autónomas, que tienen capacidad para resolver reclamaciones económicas de hasta 15.000 euros. El usuario puede presentar su reclamación a la junta en el lugar de origen o de destino de su viaje y, según la OCU, "es un procedimiento rápido y gratuito".