Pedro Rocha no podrá presentarse a las próximas elecciones a la presidencia de la Real Federación Española de Fútbol, previstas para el 16 de diciembre, después de que la sala de Contencioso-Administrativo la Audiencia Nacional haya desestimado la petición de que se suspendiera de forma cautelar la inhabilitación por dos años que le impuso el Tribunal Administrativo del Deporte al expresidente de la RFEF.
El dirigente extremeño fue inhabilitado por el TAD el pasado mes de julio por haberse extralimitado en sus funciones como presidente de la Comisión Gestora de la RFEF al decidir el despido del anterior secretario general, Andreu Camps.
El tribunal afirma que Rocha ha sido "sancionado por tres infracciones muy graves" y que "tienen en común, indiciariamente, el ejercicio de competencias que no le correspondían, de conformidad con la normativa reguladora de la Federación, desoyendo las normas internas de funcionamiento y privando al órgano de gobierno de conocer decisiones de su exclusiva competencia".
La Sala sostiene que la sanción de inhabilitación tiene por objeto garantizar el recto ejercicio de sus funciones por los órganos que las tienen atribuidas. "En este caso, fue expedientado, precisamente, por actuar de manera arbitraria, sustituyendo la voluntad del ente federativo por la suya propia y sustrayendo al órgano de gobierno el ejercicio de competencias que le correspondían de forma exclusiva", recuerda.
Por tanto, añaden los magistrados, "cabe pensar que de acordarse la medida cautelar y continuar el interesado en el cargo de presidente de la RFEF, existe un riesgo real de que estas conductas puedan reiterarse con la consiguiente lesión grave a los bienes jurídicos que la normativa disciplinaria trata de proteger".