El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes la toma en consideración de una ley remitida desde el Parlamento Catalán que, si obtiene la luz verde definitiva, impedirá que prescriban los delitos de pederastia cuando la pena máxima de prisión sea igual o superior a cinco años. Para el resto de delitos contra la libertad sexual de los menores, la prescripción se dará a partir del momento en que la víctima cumpla 45 años, diez más de los que marca la legislación en vigor. La toma en consideración ha salido adelante con el voto favorable de 305 diputados y el rechazo de Vox.
La reforma legal atiende a una reivindicación histórica de las asociaciones de víctimas de pederastia y supondrá una homologación a la legislación de otros 11 países de la UE. Así lo recoge la propia exposición de motivos de la proposición de ley: "España no cumple aún con los estándares mínimos europeos e internacionales para garantizar la tutela judicial efectiva de las víctimas delitos sexuales contra menores".
La proposición pone de relieve que "durante la última década han aumentado exponencialmente en el Estado español el número de casos" de pederastia que se han llevado a los tribunales sin que los procesos penales hayan podido concluir "porque en el momento de la denuncia los supuestos delitos ya habían prescrito". El Congreso ya tomó una primera medida para paliar este fenómeno en 2021, cuando aprobó la ley de protección a la infancia.
La norma establece la prescripción de los delitos contra la libertad sexual de los menores a partir del momento en que la víctima cumple 35 años, una barrera que en ocasiones se eleva a los 40, 45 e incluso 55 años "en casos especialmente graves". Ahora, el texto que se toma en consideración reconoce que "esta modificación del Código Penal conllevó indudablemente un avance", pero explica que "la opinión mayoritaria entre los colectivos de víctimas fue que en el futuro sería necesaria una nueva reforma más ambiciosa".
Una de las tres diputadas del Parlament catalán que han defendido la medida este martes en el Congreso, Judit Alcalá (PSC), ha dicho que la Cámara Baja tiene "el deber" de aprobarla "por los menores que fueron ignorados, que callaron porque tenían miedo a ser señalados, a los que han quitado su infancia y marcado su adultez". "Los cambios en el Código Penal garantizan que las víctimas puedan denunciar cuando se sientan preparadas", ha expuesto la diputada catalana.
A su intervención le ha sucedido la de Raquel Sans, de ERC, que ha explicado en el hemiciclo el "proceso de escucha activa" del que ha "emanado" la proposición de ley aprobada en el Parlament "por amplia mayoría". "Después de meses de escucha de las víctimas y expertos, después de observar la tendencia creciente en los países europeos", ha subrayado Sans, "el Parlamento catalán ha estado a la altura". "Ahora les toca a ustedes, señorías", ha culminado.
Susanna Segovia (Comuns), tercera y última defensora de la iniciativa, ha pedido al Congreso que saque adelante la norma para dar a las víctimas "lo que ellas llaman derecho al tiempo". Tiempo "para olvidar", porque muchas "bloquean el recuerdo durante años". Tiempo para "recordar" después y "sobre todo para que cuando se decidan a denunciar no se encuentren que el juez les diga: lo siento, has tardado mucho, el proceso de reparación ha sido demasiado largo".
La reforma legal modifica los artículos 131.3, 132.1 y 133.2 del Código Penal. Con el primer cambio, asegura que no prescriban "los delitos contra la libertad sexual cuando la víctima fuere una persona menor de edad y la pena máxima señalada fuere de prisión de cinco años o más".
Con la modificación del artículo 132, se eleva el plazo mínimo de prescripción de los delitos de pederastia menos graves al momento en que la víctima cumple 45 años. Los cambios en el artículo 133.2 se acometen "por una cuestión de coherencia legislativa" y extiende la imprescriptibilidad de los delitos también a las penas que se impongan.
Por último, la proposición de ley incluye un cambio en la ley de responsabilidad penal del menor. El objetivo es que la prescripción funcione igual cuando se trata de delitos sexuales cometidos por menores contra menores. La exposición de motivos indica que esta norma ya establece actualmente "un régimen especial" por el que los delitos contra la vida y la libertad sexual "se rigen por las normas de prescripción del Código Penal". Por tanto, "esta conexión obliga a modificar" la norma por coherencia.