Bruselas lleva a España al Tribunal de Justicia de la UE por discriminación fiscal a contribuyentes no residentes

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles que llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por mantener un trato fiscal discriminatorio hacia los contribuyentes no residentes en la tributación por la obtención de plusvalías en la transferencia de activos.

El Ejecutivo comunitario acudirá a la Justicia europea porque considera que España vulnera el principio de libertad de movimiento de capitales al negar a los ciudadanos no residentes que tributan en España una opción que sí ofrece a aquellos contribuyentes residentes, según ha informado la institución en un comunicado.

Concretamente, la legislación española permite a los ciudadanos residentes optar por aplazar el impuesto sobre las plusvalías cuando el pago de la transferencia de activos se aplaza por más de un año o se abona en plazos durante un período superior a un ejercicio. En el caso de los no residentes, el impuesto se recauda de forma íntegra en el momento de la transmisión del activo, lo que impide que los contribuyentes no residentes se puedan acoger a la opción de aplazar el pago del tributo "incluso aunque lo reciban a plazos a lo largo del tiempo".

A juicio de la Comisión Europea, este trato fiscal diferenciado provoca que los no residentes "se enfrenten a una importante desventaja desde el punto de vista de la tesorería en comparación con los residentes".

España mantiene su postura

Bruselas abrió expediente a España por este motivo en diciembre de 2021 y dio un ultimátum para que se modificara la legislación en mayo de 2024. Pero las autoridades españolas mantienen que su legislación tributaria "se ajusta al Derecho de la Unión" en sus "respuestas oficiales y diálogos técnicos" que se han producido en este tiempo.

A su vez, la Comisión Europea ha dado un paso más abriendo otro expediente a España en materia tributaria. En este caso, por no haber adaptado sus normas sobre retenciones en origen aplicadas a pagos de cánones percibidos por ciudadanos no residentes.

La legislación española establece que la retención en origen aplicada a los pagos de cánones se recauda, en el caso de los contribuyentes no residentes, sobre el importe bruto de los rendimientos y sin posibilidad de deducir gastos relacionados de forma directa.

La Comisión Europea considera que esta medida contradice la jurisprudencia de la Justicia Europea y envía a España un dictamen motivado -el segundo paso en los procedimientos de infracción-. Las autoridades españolas disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias para subsanar la situación o, de lo contrario, Bruselas podría elevar también el caso al Tribunal de Justicia.

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