La ley que prepara el Gobierno que evitará que te arruines pidiendo un crédito: "Cuidado como te retrases en alguna cuota"

"Llevo desde el año 2014 pagando una cuota de 105 euros, por un préstamo de 3.300 euros (...) y todavía me dicen que me quedan 45 cuotas". "Muy fácil de contratar sí, pero te hacen recargos que no deberían". "Cuidado como te retrases en alguna cuota, llaman a tus padres, amigos o vecinos para reclamar". "Mala experiencia. Te cobran dos veces la mensualidad y tienes que esperar 15 días para que te hagan el abono".

Estos son solo algunas de las reseñas que podemos encontrar en Google publicadas por usuarios sobre su experiencias con diferentes empresas que ofrecen créditos al consumo, que son aquellos que permiten al consumidor la posibilidad de financiar un determinado servicio o la compra de un bien a cambio de devolver posteriormente la cantidad prestada en un plazo determinado junto con los intereses acordados. La cuantía de estos créditos suele oscilar entre los 200 y los 75.000 euros.

Para intentar evitar que se produzcan situaciones de engaño y prevenir el sobreendeudamiento de los consumidores, entre otras cuestiones, la Unión Europea aprobó el pasado año la Directiva 2023/2225/CE relativa a los contratos de crédito al consumo, que debe aplicarse ya en España en noviembre de 2026.

La directora general del Tesoro Público, Carla Díaz Álvarez de Toledo, organismo perteneciente al Ministerio de Economía, ha confirmado recientemente que el Ejecutivo está trabajando en la transposición de la directiva que incluye la obligación de registro de todas las entidades que ofrecen créditos al consumo, obligaciones en materia de publicidad y evaluación de solvencia para prevenir el endeudamiento excesivo, la prohibición de aprobar crédito no solicitado o la introducción de medidas para evitar tipos de interés excesivos, entre otros.

En España, los créditos al consumo se agrupan fundamentalmente en tres categoría: el préstamo personal, el crédito rápido y la línea de crédito. Pero es el crédito rápido el que ha generado más polémica en los últimos tiempos. Estos préstamos, en términos generales, tienen altos intereses y se conceden casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a un sobreendeudamiento.

Organizaciones de usuarios financieros, como Asufin o Adicae, han advertido de que "el peligro de estos productos aflora con el impago, algo muy frecuente en la medida es que se otorgan muchas veces sin el debido estudio de solvencia del cliente". Ese tipo de créditos, subrayan, "empujan al consumidor a una espiral de sobreendeudamiento de la que es muy difícil salir".

Bajo la lupa del Defensor del Pueblo

También el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, tras recibir quejas de varios ciudadanos alertando de posibles abusos, anunció que investigaría de oficio junto al Banco de España y el Ministerio de Economía el nivel de protección que ofrecen a los consumidores las entidades de concesión de créditos rápidos y, en especial, los elevados intereses y los breves plazos impuestos para la devolución de las cantidades prestadas

Para el Defensor del Pueblo, dos factores justifican su intervención. Por un lado, las empresas que conceden este tipo de préstamos no tienen a menudo consideración de entidades de crédito. Por otra parte, este producto suele dirigirse a un tipo de consumidor vulnerable que atraviesa circunstancias difíciles. Otro aspecto que llama la atención de esta institución es la ausencia de negociación con el prestamista, a diferencia de lo que ocurre con las entidades convencionales, en las que suelen fijarse mecanismos de refinanciación ante la morosidad.

Sin supervisión del Banco de España

Igualmente el Banco de España se ha referido en su blog a que este tipo de créditos. Este organismo, encargado de la supervisión del sistema bancario español, recuerda que la mayoría de compañías que conceden este tipo de financiación escapan fuera de su control debido a que "no es una actividad reservada únicamente a las entidades financieras".

En su opinión, los préstamos se ejecutan "sin que casi se requiera documentación a la persona que lo solicita" y que, en muchos casos, "ni tan siquiera cuenta con los recursos o garantías necesarios para acceder a la financiación ofrecida por las entidades financiera y se ve abocada a recurrir a estos productos".

"Antes de contratar un crédito rápido, es importarte asegurarnos de cuál va a ser la cantidad de la que realmente vamos a disponer, la cuota que vamos a pagar y, sobre todo, ser conscientes del precio al que nos están prestando el dinero", recomienda.

Principales novedades que introducirá la nueva ley

-Información clara y comprensible del crédito. La norma garantizará que la información crediticia, como por ejemplo el coste total que supondrá el crédito para el consumidor, se presente de manera clara y comprensible y se adapte a los dispositivos digitales.

-Obligación de registro. Las entidades o intermediarios que prestan u ofrecen estos servicios crediticios deberán estar registradas como entidades de concesión de créditos en un registro oficial que permita su supervisión por parte de la autoridad competente si fuese necesario.

-Normas más estrictas para la publicidad. La nueva ley establecerá unas normas de publicidad más estrictas con el fin de reducir el crédito abusivo a los consumidores sobreendeudados, y creará medidas eficaces contra los sobrecostes.

-Evaluación previa del potencial cliente. Las compañías prestamistas deberán evaluar bien si los consumidores pueden reembolsar su crédito, de modo que estos estén protegidos frente al endeudamiento excesivo.

-Supervisión a los préstamos inferiores a 200 euros. Con la nueva normativa también estarán sujetos a supervisión los préstamos inferiores a 200 euros -ahora exentos- y los productos adquiridos mediante la fórmula 'compre ahora, pague después'.

-Plazo de 14 días para rescindir el contrato. La norma otorgará a los consumidores un derecho de desistimiento durante un plazo de 14 días, así como el derecho al olvido para las personas que hayan superado un cáncer.

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