La Justicia obliga a indemnizar a una trabajadora de un supermercado cuya empresa le negó otro turno para conciliar

El Juzgado de lo Social número 3 de Logroño ha dado la razón a una trabajadora de un supermercado -representada por Comisiones Obreras de La Rioja- y le ha reconocido la concreción horaria en el turno de mañanas, que previamente la empresa le había denegado.

El sindicato Comisiones Obreras ha informado en una nota de prensa de que, además, se le ha interpuesto a la empresa una condena de 7.500 euros de sanción al probar que se han vulnerado los derechos fundamentales de la trabajadora.

Según explica CCOO, la dependienta del supermercado tenía concedida una reducción de jornada, además de trabajar siempre en el turno de mañana. "Al enterarse de la planificación de la tienda de ponerle turnos de trabajo en horario de tarde y mañana, solicitó una concreción horaria para el turno de mañana atendiendo a sus derechos de conciliación", detallan. Una solicitud que no solo se le denegó, sino que además se le impusieron los horarios de tarde, aseguran desde el sindicato.

La vulneración de un derecho

La sentencia afea a la empresa su "injustificado rechazo" y recoge que lo hace "no solo obviando antecedente, sino proponiendo horarios absolutamente discordantes con su propia premisa", recoge textualmente la resolución. Recalca que la empresa ha tomado una decisión "completamente discordante" con la petición de la trabajadora y sin tener ningún motivo para negarle su derecho.

La decisión incluye una sanción accesoria de 7.500 euros por haber vulnerado los derechos de conciliación de la trabajadora, "tanto desde la perspectiva del derecho de no discriminación por razón de sexo, como la óptica del mandato de la protección a la familia y a la infancia", ha justificado la jueza.

La Justicia blinda así los derechos de conciliación de las personas trabajadoras y demuestra a las empresas que no se pueden negar y, mucho menos, "sin justificación". La vulneración de los derechos fundamentales es sancionable, como ya ha ocurrido con esta sentencia, que ha ganado Comisiones Obreras en defensa de la trabajadora.

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