Cuántos años tienes que trabajar para volver a cobrar el paro si ya has 'gastado' el subsidio de desempleo

Tras perder su empleo, una persona puede tener derecho a la prestación contributiva o paro, una ayuda que, según explica el SEPE en su página web, "protege la situación de desempleo de quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %".

La concesión del paro está sujeta a una serie de requisitos, como estar afiliado a la Seguridad Social (en alta), encontrarse en situación legal de desempleo, buscar activamente empleo, estar predispuesto a aceptar una colocación adecuada o suscribir el compromiso de actividad.

Además, para recibir el paro es necesario cumplir una serie de requisitos de cotización.

Cuál es el requisito mínimo de cotización para cobrar el paro

Y es que para percibir la prestación contributiva de paro, un trabajador debe "haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo".

La duración y la cuantía de la prestación dependerá del tiempo cotizado y de las bases de cotización, así como de otras variables. Para calcularla en cada caso, el SEPE dispone de una calculadora para poder consultarlo.

Necesitas haber trabajado un año para cobrar el paro

Por lo tanto, para cobrar la prestación será necesario haber trabajado un año completo en los últimos 6. En caso de agotar la prestación, deberás cumplir otro año trabajado para poder disponer de la prestación no contributiva.

No obstante, hay otra prestación que pueden solicitar quienes hayan trabajado menos de un año y no cumplan requisitos para solicitar la prestación contributiva: el subsidio de desempleo por cotizaciones insuficientes.

Si no cumples los requisitos, puedes pedir el subsidio por cotizaciones insuficientes

"Si has trabajado menos de un año, puedes tener derecho a un subsidio por desempleo". Así presenta el SEPE el subsidio por cotizaciones insuficientes, una prestación cuya duración "dependerá del número de meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares".

La principal diferencia con la prestación contributiva o paro reside en los requisitos de cotización y las cuantías: para percibir este subsidio, además de otros requisitos como estar inscrito como demandante de empleo o suscribir el compromiso de actividad, será necesario:

  • Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses si se tienen responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no, y no llegar a 360 días de cotización.
  • No recibir rentas de ningún tipo que sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (810 euros).
  • ​No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo (salvo que sea posible por un programa de fomento de empleo).
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

La duración de la ayuda es de 3,4 o 5 meses si se ha cotizado por esos periodos. Si se ha cotizado entre 6 meses y un año, el subsidio puede durar 6 meses en el caso de que no existan responsabilidades familiares y 21 meses si las hay.

Según lo dispuesto en la última reforma del subsidio de desempleo, las cuantías a percibir por sus beneficiarios son:

  • 6 primeros meses: 95% IPREM (570 euros, con el IPREM actual).
  • 6 meses siguientes: 90% IPREM (540 euros).
  • Resto del período de percepción de la prestación: 80% IPREM (480 euros).

La cuantía está supeditada al IPREM y, por lo tanto, si el Gobierno sube este índice, también crecerán las cuantías del subsidio.

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