El exministro José Luis Ábalos ha recurrido la decisión del instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo de retirarle el pasaporte como medida cautelar porque afirma que aunque hiciera viajes al extranjero, tendría que volver para acudir a las sesiones parlamentarias y porque no se sustraerá a la acción de la justicia, máxime cuando "es una persona cuyo rostro es fácilmente identificable debido a su carácter público".
Así consta en su recurso ante el juez Leopoldo Puente, subsidiario de apelación, al que ha tenido acceso Ep, y en el que subraya además que ha quedado acreditado que Ábalos "carece de una vida al uso debido a su condición de aforado" y que la toma de medidas cautelares contra él como son la retirada del pasaporte y las comparecencias quincenales en el juzgado, "ante su delicada situación personal y popular, denostarían aun más si cabe su imagen".
"Carece de un total absoluto riesgo de fuga, tanto por su condición de parlamentario como por que tiene cinco hijos de los que tres son menores de edad", explica el recurso de su defensa, que lamenta además que el Supremo le obligue a ir a comparecer los días 1 y 15 de cada mes en la Secretaría de la Sala Segunda del tribunal a pesar de que tiene su domicilio familiar en la ciudad de Valencia. Y solicita que pueda firmar en todo caso en los juzgados de su localidad.
Por otro lado, explica que la decisión de Puente para adoptar estas medidas se sustenta "en un resumen de las actuaciones" que recogía que tenía una relación personal con el presunto conseguidor de la trama, Víctor de Aldama. Ábalos puntualiza que "únicamente tuvieron algún encuentro en persona" y que eso "no implica que dicha relación haya devenido en estrecha".
El recurso también pone el acento sobre los inmuebles que supuestamente le habría conseguido la trama y que el juez apunta como las posibles mordidas que habría recibido Ábalos. Así, sostiene que difícilmente pudo haber percibido dádiva alguna en inmuebles, y recalca que el piso de Plaza de España, en Madrid, "no era disfrutado" por él porque es conocido que "nunca residió en él".
Sobre el chalé de la urbanización gaditana de La Alcaidesa, incide en que abonó fianza por ese alquiler y que fue posteriormente desahuciado, por lo que "hay inexistencia de beneficio económico". Y en cuanto al tercer piso en cuestión, añade que tampoco se produce el pago del valor del mismo dado que "jamás adquirió la citada vivienda".